Definiciones y tipología OPBES

Presentación de materiales trabajados por el Comité Científico, con el apoyo de la Secretaría y aprobados por el Consejo Ejecutivo de GuíaSalud. Se presentan las definiciones y los criterios de inclusión para los catálogos (en desarrollo), así como las características de calidad científica deseables.

Definición

Las HATD son instrumentos que facilitan, a pacientes y personas cuidadoras, la elección entre dos o más opciones sobre un problema de salud permitiéndole:

  • comprender los resultados que pueden ocurrir aplicando las diferentes opciones,
  • tener en cuenta los valores personales implícitos y/o explícitos que atribuye a los posibles riesgos y beneficios,
  • participar con sus médicos u otros profesionales de la salud en las decisiones.

Criterios que debe cumplir el producto para ser incluido en GuíaSalud

  1. La HATD responde a la definición.
  2. La HATD debe haber sido elaborada o traducida en España, o fuera de España, en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado Español por instituciones públicas o privadas, sociedades profesionales, paneles de expertos o grupos profesionales.
  3. La HATD está basada en evidencia actualizada en los últimos 5 años.
  4. En la HATD deben aparecer los datos de los autores, incluyendo nombre, titulación (y especialidad si procede), institución y la declaración de interés.
  5. La HATD debe haber sido desarrollada mediante un proceso que incluye la revisión de la evidencia sobre las condiciones y alternativas consideradas. Los métodos de búsqueda de la evidencia científica utilizados deben estar descritos, incluyendo los términos de búsqueda utilizados, las fuentes consultadas y el rango de fechas cubierto, así como los criterios de inclusión y exclusión utilizados”.
  6. La HATD debe presentar cumplimentado el checklist propuesto por Ia International Patient Decision Aid Standards (IPDAS) Collaboration (anexo 1, formato .doc, 616 Kb).

[Aprobado por Consejo Ejecutivo de GuíaSalud con fecha 18 de febrero de 2011. Granada].

Definición

Documentos breves elaborados para ayudar al clínico a tomar decisiones en situaciones concretas, a partir de una pregunta bien definida y siguiendo una sistemática preestablecida que incluya la valoración crítica de la evidencia disponible.

Criterios que debe cumplir el producto para ser incluido en GuíaSalud

  1. Las preguntas clínicas deben haber sido elaboradas con la finalidad de ayudar al clínico a tomar decisiones en situaciones concretas.
  2. Las preguntas deben haber sido producidas en España; en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado; por instituciones públicas o privadas, sociedades profesionales, paneles de expertos e incluso grupos profesionales; en el ámbito estatal, regional, territorial o local. Las producidas fuera de España se admitirán también si han sido traducidas y/o avaladas por cualquiera de las instituciones o grupos citados previamente.
  3. En las preguntas debe constar la fecha de su elaboración y/o revisión. Desde la fecha de elaboración y/o revisión no deben haber transcurrido más de 5 años.
  4. Los datos de los autores -nombre, institución, datos de contacto- y la declaración de conflicto de intereses, deben aparecer de forma clara.
  5. La pregunta debe estar formulada en formato PICO y deben estar descritas los periodos de búsqueda y las fuentes utilizadas
  6. La respuesta debe estar ligada a la bibliografía, de forma que puedan identificarse los estudios que la sustentan.

[Elaborado por el Comité Científico con fecha 17 de septiembre de 2008. Madrid // Aprobado por Consejo Ejecutivo de GuíaSalud con fecha 25 de septiembre de 2009. Maó – Menorca].

Definición

Los Procesos Asistenciales son herramientas de mejora de la calidad, centradas en el cuidado de las personas, que describen de forma secuencial el conjunto de actuaciones necesarias para proporcionar una atención sanitaria segura, efectiva, eficiente y equitativa de una determinada enfermedad o condición clínica.

Los Procesos Asistenciales deben ser elaborados mediante participación multidisciplinar y se basan en el análisis del flujo de actividades mutuamente interrelacionadas, asegurando la integración y continuidad asistencial y las expectativas del paciente y los profesionales. De carácter flexible, se adaptan al contexto sanitario e incorporan recomendaciones de buena práctica clínica, basadas en la mejor evidencia científica disponible.

Criterios que debe cumplir el producto para ser incluido en GuíaSalud

  1. El documento remitido ha de ser un Proceso Asistencial.
  2. Deben de haber sido producidos en España, en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado por instituciones públicas o privadas, sociedades profesionales, paneles de expertos o grupos profesionales.
  3. Deben de hacer constar la fecha de su elaboración y/o revisión o actualización. Desde la fecha de elaboración y/o revisión o actualización no deben haber transcurrido más de 5 años.
  4. Deben aparecer los datos de los autores, incluyendo nombre, titulación (y especialidad si procede), e institución. Debe constar que todos los autores han realizado una declaración de intereses y, en caso de que no se incluya en el documento, debe indicarse donde se puede solicitar su consulta.
  5. En su elaboración deben estar representadas todas las disciplinas profesionales que participan en el proceso de atención.
  6. En las situaciones sensibles a valores y preferencias de las personas a las que va dirigido, éstas deben tenerse en cuenta en las recomendaciones.
  7. Deben de haber sido elaborados, adaptados o actualizados siguiendo una metodología explícita, que diferencie con claridad las recomendaciones basadas en la evidencia científica de aquellas basadas en el consenso de expertos. Los métodos de búsqueda, selección y evaluación de la evidencia científica utilizados deben estar descritos.
  8. Deben describirse los objetivos del proceso asistencial, los aspectos de atención cubiertos, los límites de entrada, salida y marginales (aquellos aspectos que, formando parte del proceso, no se van a abordar) y los usuarios a quienes va dirigido, tanto profesionales como pacientes.
  9. Las recomendaciones deben ser claras y específicas, contemplando las distintas opciones para el manejo de la enfermedad o condición. Deben estar ligadas a bibliografía, de forma que puedan identificarse las fuentes y evidencias que las sustentan.
  10. Se describirán las actividades concretas del proceso asistencial (QUÉ), así como sus características de calidad (CÓMO), las personas que las realizan (QUIÉN) y el momento de llevarlas a cabo (CUANDO), así como los mecanismos de coordinación y comunicación entre los diferentes profesionales
  11. Deben incluir pictogramas, matrices o diagramas que identifiquen los principales componentes, actividades y tareas.
  12. Deben incluir indicadores para monitorizar el cumplimiento de los pasos más relevantes.
  13. Deben haber sido sometidos a revisión externa.

[Aprobados por el Consejo Ejecutivo de GuíaSalud el 22 de noviembre de 2018.].

Definición

Documento dirigido a facilitar el trabajo clínico, elaborado mediante una síntesis de información que detalla los pasos a seguir ante un problema asistencial específico. Está consensuado entre los profesionales, con carácter de «acuerdo a cumplir» y se adapta al entorno y a los medios disponibles.

Criterios que debe cumplir el producto para ser incluido en GuíaSalud

  1. Deben haber sido elaborados con la finalidad de facilitar el trabajo clínico ante problemas asistenciales específicos.
  2. Los protocolos clínicos deben haber sido producidos en España; en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado; por instituciones públicas o privadas, sociedades profesionales, paneles de expertos o grupos profesionales; en el ámbito estatal, regional, territorial o local. Las producidas fuera de España se admitirán también si han sido traducidas y/o avaladas por cualquiera de las instituciones o grupos citados previamente.
  3. Debe constar la fecha de su elaboración y/o revisión o actualización. Desde la fecha de elaboración y/o revisión o actualización no deben haber transcurrido más de 5 años.
  4. Los datos de autoría -nombre, perfil profesional, institución, datos de contacto- y la declaración de conflicto de intereses, deben aparecer de forma clara y explícita.
  5. Descripción del método de elaboración (debe incluir la búsqueda de la literatura y la valoración crítica de la evidencia disponible, o bien especificar los pasos seguidos si se ha elaborado a partir de una guía o documento previo basado en la evidencia).
  6. Debe incluir el ámbito de aplicación y profesionales a quienes va dirigido.
  7. Las actuaciones propuestas deben estar ligadas a la bibliografía, de forma que puedan identificarse los estudios que las sustentan.

Características deseables y de calidad científica

  1. Se ha realizado una estrategia de búsqueda de estudios en las bases de datos relevantes, siguiendo un método preestablecido.
  2. Se ha realizado una valoración crítica de la evidencia siguiendo un sistema preestablecido (CASP, OSTEBA, SIGN, GRADE, etc). Como alternativa a los dos puntos anteriores, se ha elaborado a partir de una guía basada en la evidencia evaluada con AGREE y calificada como recomendable o muy recomendable.
  3. Para su elaboración se ha empleado algún método de consenso explícito y estructurado.
  4. Se incluyen diagramas, algoritmos u otros instrumentos de apoyo.
  5. Forma parte de una iniciativa de mejora de la calidad o un plan/programa de salud.
  6. Se establecen indicadores para evaluar su cumplimiento.

[Elaborado por el Comité Científico con fecha 16 septiembre de 2009. Zaragoza // Aprobado por Consejo Ejecutivo de GuíaSalud con fecha 25 de septiembre de 2009. Maó – Menorca].

Definición

Instrumento dirigido a estructurar las actuaciones ante situaciones clínicas que presentan una evolución predecible. Describe los pasos que deben seguirse, establece las secuencias en el tiempo de cada una de ellas y definen las responsabilidades de los diferentes profesionales que van a intervenir.

Criterios que debe cumplir el producto para ser incluido en GuíaSalud

  1. Elaborados con la finalidad de secuenciar y organizar el trabajo clínico en situaciones que presentan un curso predecible.
  2. Las vías clínicas deben haber sido producidas en España; en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado; por instituciones públicas o privadas, sociedades profesionales, paneles de expertos o grupos profesionales; en el ámbito estatal, regional, territorial o local. Las producidas fuera de España se admitirán también si han sido traducidas y/o avaladas por cualquiera de las instituciones o grupos citados previamente.
  3. Debe constar la fecha de su elaboración y/o revisión o actualización. Desde la fecha de elaboración y/o revisión o actualización no deben haber transcurrido más de 5 años.
  4. Los datos de autoría -nombre, institución, datos de contacto- y la declaración de conflicto de intereses, deben aparecer de forma clara.
  5. Descripción del método de elaboración (debe incluir la búsqueda de la literatura y la valoración crítica de la evidencia disponible, o bien especificar los pasos seguidos si se ha elaborado a partir de una guía o documento previo basado en la evidencia).
  6. Debe incluir los pictogramas, matrices o diagramas que identifiquen los principales componentes, actividades y tiempos.
  7. Debe incluir el ámbito de aplicación y profesionales a quienes va dirigido.
  8. Las actuaciones propuestas deben estar ligadas a la bibliografía, de forma que puedan identificarse los estudios que las sustentan.

Características deseables y de calidad científica

  1. Para su elaboración se ha realizado una estrategia de búsqueda de estudios en las bases de datos relevantes, siguiendo un método preestablecido
  2. Se ha realizado una valoración crítica de la evidencia siguiendo un sistema preestablecido (CASP, OSTEBA, SIGN, GRADE, etc). Como alternativa a los dos puntos anteriores, se ha elaborado a partir de una guía basada en la evidencia evaluada con AGREE y calificada como recomendable o muy recomendable.
  3. Tiene carácter multidisciplinar, integrando el conjunto de actividades de todos los profesionales que intervienen.
  4. Para su elaboración se ha empleado algún método de consenso explícito y estructurado.
  5. Forma parte de una iniciativa de mejora de la calidad o un plan/programa de salud.
  6. Se establecen indicadores de proceso y resultado para evaluar su cumplimiento e impacto.

[Elaborado por el Comité Científico con fecha 16 septiembre de 2009. Zaragoza // Aprobado por Consejo Ejecutivo de GuíaSalud con fecha 25 de septiembre de 2009. Maó – Menorca].

Fecha actualización: Noviembre 2018